“El personero si puede ser objeto de control”: Camilo Ossa

por Daniel Garcia

El expersonero dio claridad sobre si el jefe del Ministerio Público puede ser citado por los Concejos Municipales, pero aclaró a que no pueden ser sometidos.

Camilo Ossa

Ante la polémica que se dio la semana anterior en el Concejo Municipal, en el que personero aseguró que no es sujeto de control por parte de la corporación, se consultó a un exjefe del Ministerio Público, que estuvo hace dos periodos allí.

Camilo Ossa, expersonero Municipal de Ibagué, explicó que y aclaró sobre las citaciones a debates de control político y mociones de observación.

“La Corte Constitucional resolvió el asunto, donde claramente diferencia sobre dos figuras que están contenidas en la Ley 136 de 1994, por un lado, tenemos la citación a control administrativo contenida en la Ley y por otro la moción de observación”.

Ossa afirmó que con base a la jurisprudencia los jefes del Ministerio Público pueden ser citados a debates de control político, pero no serán sometidos a mociones por sus funciones.

“La Corte definió que, con la autonomía e independencia del órgano de control, solo pueden ser citados a un control administrativo, pero lo que no puede es ser objeto de una moción de observación. Si el Concejo Municipal considera que el personero no ha cumplido con las funciones que tiene asignadas a su cargo, lo que corresponde es dar traslado a los organismos de control”.

Por su parte, fue enfático en la independencia del ente de control. “La moción de observación si procede frente a los secretarios de despacho, pero no procede frente al personero Municipal por la independencia”.

Finalmente, aseveró que sí serán sujetos de control por parte de los cabildantes del Concejo Municipal.

“El personero si puede ser objeto de control administrativo, pero lo que no es objeto de moción de observación”, concluyó.