Condenado exalcalde de Rovira a más de 10 años de prisión por corrupción

por Kelly Perdomo

Un juzgado de Ibagué halló culpable a Diego Guerra por varios delitos relacionados con irregularidades contractuales y apropiación de fondos públicos.

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El Juzgado Cuarto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Ibagué ha emitido sentencia condenatoria contra Diego Andrés Guerra Quintero, exalcalde del municipio de Rovira, Tolima. Guerra Quintero fue condenado a 124 meses de prisión (más de 10 años) y a pagar una multa equivalente a 121 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Igualmente fue inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena principal.

La decisión judicial lo encontró responsable de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación, interés indebido en la celebración de contratos, falsedad ideológica en documento público en concurso homogéneo y sucesivo, y falsedad ideológica en documento público agravada por el uso. Sin embargo, fue absuelto del cargo de falsedad material en documento público.

Los hechos se remontan al 18 de febrero de 2015, cuando Guerra Quintero, en su calidad de alcalde de Rovira, firmó el contrato 064 por un valor de $18.000.000. El contrato tenía como objetivo la prestación de servicios profesionales para el apoyo a la administración municipal en la implementación de un estudio técnico de la estructura organizacional, plan de empleos y manual de funciones. La supervisora original del contrato era Vicky del Pilar Gil Gómez, secretaria general y de gobierno del municipio.

Se determinó que Guerra Quintero certificó falsamente el cumplimiento del 100% del objeto del contrato y ordenó el pago de $14.000.000 el 17 de julio de 2015, a pesar de que las actividades no se habían cumplido. Ese mismo día, el exalcalde exigió el pago en la oficina de tesorería y, a través de Aldibey Morales Garzón, conductor del municipio, se logró el cobro de un cheque por $13.536.000, dinero del cual se apropió. Se probó que el producto final del contrato no fue entregado, y la entrega que hubo fue posterior al plazo del contrato y al cobro del dinero.

El juzgado determinó que las acciones del exalcalde fueron dolosas, es decir, actuó con intención de obtener un provecho económico, desarrollando conductas contrarias a derecho y apropiándose de dineros del municipio que gobernaba.

La orden de captura para el cumplimiento de la pena será librada una vez la decisión quede en firme. El fallo puede ser apelado ante la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué.