“Derecho a un entorno seguro”: la orden de la Corte Constitucional para proteger a los estudiantes en Ataco
- por Kelly Perdomo
El alto tribunal amparó los derechos fundamentales de los alumnos de la Institución Educativa Martín Pomala y de los abuelos de un centro de bienestar frente al ruido y las riñas generadas por establecimientos de comercio.

La Corte Constitucional de Colombia, mediante la Sentencia T-003 de 2026, emitió un fallo trascendental para garantizar el bienestar de las poblaciones vulnerables en el municipio de Ataco, Tolima. El magistrado sustanciador, Juan Carlos Cortés González, lideró la decisión que ampara los derechos a la vida, la integridad y la educación de los menores, así como la intimidad y tranquilidad de las personas mayores.
La batalla jurídica inició con una acción de tutela interpuesta por el personero municipal de Ataco, Jean Khristian Cumbe Lozano. El funcionario denunció que la apertura de bares y discotecas en cercanías de zonas escolares y de cuidado estaba alterando gravemente la convivencia ciudadana.
Entre los establecimientos señalados se encuentran el Bar La Hormiga Rumbera, la Discoteca Dakary y el Bar Los Helechos, ubicados en el área de influencia de la Institución Educativa Técnica Martín Pomala. La comunidad reportó que el ruido excesivo, las riñas constantes y el uso indebido del espacio público impedían el normal desarrollo de las clases y el descanso de los ancianos.
Incluso se documentaron situaciones críticas como la presencia de menores de edad en estos locales y el hallazgo de vidrios rotos y otros residuos en las inmediaciones del plantel educativo. Ante esto, la Sala Segunda de Revisión determinó que el derecho a un entorno escolar seguro debe prevalecer sobre los intereses comerciales de venta de licor.
Como consecuencia del fallo, se ordenó al alcalde de Ataco formular una normativa clara que regule los entornos escolares y la calidad acústica del municipio. Para este proceso, la administración deberá convocar espacios de diálogo con la comunidad y asegurar que se respeten las distancias mínimas entre establecimientos de comercio y centros educativos.
Finalmente, la Corte exhortó a la Policía Nacional y a las autoridades de control a realizar seguimientos periódicos para verificar que los locales cumplan con los niveles de ruido permitidos y los horarios de funcionamiento.
