Concejal Piñeres del Líbano perdió en segunda instancia del Consejo de Estado su puesto
- por Kelly Perdomo
El tribunal supremo confirmó el fallo que sanciona al funcionario por ejercer simultáneamente como miembro del Consejo Directivo del Hogar San José para Ancianos y concejal del municipio.
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, ha confirmado la sentencia que decreta la pérdida de investidura de Arbey Piñeres, concejal del municipio del Líbano (Tolima). La decisión se basa en la violación del régimen de incompatibilidades, al fungir simultáneamente como miembro del Consejo Directivo del Hogar San José para Ancianos del Líbano Tolima y concejal del municipio.
La demanda fue presentada por Pablo Emilio Vanegas, quien argumentó que el concejal incurrió en la causal prevista en el artículo 45, numeral 3, de la Ley 136 de 1994.
Esta ley establece las incompatibilidades de los concejales, impidiendo que sean miembros de juntas o consejos directivos de entidades del sector central o descentralizado del respectivo municipio.
El Tribunal Administrativo del Tolima había decretado la pérdida de investidura en primera instancia, decisión que fue apelada por el concejal. El Consejo de Estado, al resolver el recurso de apelación, confirmó la sentencia inicial, argumentando que se configuró la incompatibilidad establecida en la ley.
La sentencia del Consejo de Estado señala que el concejal Piñeres incurrió en la incompatibilidad al ser miembro del Consejo Directivo del Hogar San José para Ancianos del Líbano Tolima, un establecimiento público del orden municipal, mientras ejercía su cargo como concejal.
La corporación judicial determinó que esta situación transgredió el régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 136 de 1994, ratificando la decisión de primera instancia.