El Espinal establece medidas más fuertes vía decreto para mitigar la propagación del Covid-19

por Ondas de Ibagué

El Espinal tiene actualmente 567 casos de Covid-19, la cárcel de esa localidad es el mayor conglomerado que tiene el departamento del Tolima y desde la administración municipal se busca evitar que aumente la cantidad de personas contagiadas. Las medidas de aislamiento son de conformidad al Decreto 878 de 2020 hasta las doce de la noche (12:00 pm) del día 15 de julio de 2020 en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.  

Las personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años en el horario comprendido entre las 6:00 a.m. y las 10:00 a.m., podrán ejercitarse en un lapso no superior a dos horas diarias

El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los adultos mayores de 70 años, se ha permitido tres (3) veces a la semana, en el horario comprendido entre las 9:00 a.m. y las 9:30 a.m. máximo media hora al día.

Los mayores de 6 años y menores de 18 años podrán desarrollar la actividad tres (3) veces a la semana, una hora al día y deberán estar acompañados de un cuidador que esté en el rango de edad de 18 a 59 años. El horario será de 8:00 am a 11:00 am o de 2:00 pm a 5:00 pm

Las prácticas permitidas son: caminar, correr, trotar y montar en bicicleta, no en la modalidad de alto rendimiento, solo a nivel recreativo y en un radio de un kilómetro del domicilio.

PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD

Las personas y/o empresas que desarrollen las actividades habilitadas para su ejercicio según los tres Decretos del Orden Nacional, podrán realizar las respectivas actividades, y se realizara verificación por parte de la Dirección de Salud del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

HORARIOS DE AISLAMIENTO TOTAL

Establecer como un término para realizar las actividades de adquisición de bienes de primera necesidad, alimentos, bebidas, artículos de aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población y desplazamiento a servicios bancarios, financieros, de operadores de pago, el siguiente:

MASCULINO: LUNES– MIÉRCOLES y VIERNES (excepto viernes 3 de julio de 2020) DOMINGO, de 7:00 AM a 7:00 PM

FEMENINO: MARTES – JUEVES - SÁBADO – DOMINGO, 7:00 AM a 7:00 PM

 

Horario especial día 3 de Julio de 2020 (Día sin IVA)

MASCULINO: 7:00 AM a 1:00 PM

FEMENINO: 2:00 PM a 8:00 PM

En los horarios no consagrados anteriormente, existirá restricción TOTAL de movilización y suministro presencial de bienes y servicios a los habitantes del municipio de El Espinal.

Para la adquisición de bienes de primera necesidad: alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza, y mercancías de ordinario consumo, en los horarios por fuera de los establecidos, los establecimientos comerciales podrán establecer el servicio de comercialización de sus productos mediante plataformas de comercio electrónico o telefónico para entrega a domicilio.

Se deberá establecer en las anteriores actividades de adquisición de bienes de primera necesidad: alimentos, bebidas, productos de aseo y limpieza, y mercancías de ordinario consumo en la población, y desplazamiento a servidos bancarios, financieros, de operadores de pago, y a servicios notariales, atención por turnos que garantice que no haya aglomeraciones y un distanciamiento de mínimo dos (2) metros, entre persona y persona. Para tal fin cada establecimiento de comercio deberá demarcar en el piso externo las distancias mínimas entre compradores, las cuales no podrán ser menores a lo determinado en este parágrafo. Todos los usuarios deberán utilizar tapabocas.

 

MEDIDAS RESTRICTIVAS DE TRANSPORTE

No se establecerán medidas restrictivas al transporte Particular en el municipio de El Espinal. Para el servicio Público Taxi se establecerá restricción los días pares hábiles del calendario los vehículos cuya placa termine en dígito par, incluido el número cero (0), y en los días impares hábiles del calendario, se restringirá la circulación de los vehículos cuya placa termine en dígito impar.

El día 3 de julio de 2020 no habrá restricción para servicio Público Taxi.

 

Horario de funcionamiento de bancos y locales comerciales

Los bancos ajustarán el horario de servicio a los usuarios en jornada continua que será de 8:00 am a 2:00 pm, y solo se podrá atender las personas del respectivo género autorizado para ese día. Los establecimientos comerciales autorizados, ajustarán sus horarios de ventas presenciales de 7:00 am a 7:00 pm.

Continuará prohibido el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio.

Con el fin de evitar aglomeraciones, el día 3 de Julio de 2020, el horario de funcionamiento de los establecimientos comerciales será hasta las 8:00 pm.

Por: Edson Daniel Restrepo, periodista regional.