Justicia tumba decretos de la planta temporal de agentes de tránsito en El Líbano por irregularidades en su creación
- por Kelly Perdomo
El Juzgado Séptimo Administrativo de Ibagué declaró la nulidad de los actos que crearon los cargos en la administración municipal, abriendo el debate sobre la validez de los comparendos impuestos.

El Juzgado Séptimo Administrativo de Oralidad del Circuito de Ibagué profirió sentencia de primera instancia dentro del proceso de simple nulidad promovido contra el municipio de El Líbano, declarando la nulidad del Decreto 174 de 2023 mediante el cual se crearon empleos temporales de agentes de tránsito y los subsecuentes decretos de nombramiento y prórroga (175 de 2023, 009 de 2024 y 012 de 2024).
La providencia judicial sustentó la decisión en la causal de expedición irregular, al constatar que la administración municipal omitió presentar los estudios técnicos obligatorios soportados por la ESAP o Función Pública y no acreditó el procedimiento legal para la provisión de empleos temporales conforme a la Ley 909 de 2004, como la consulta de listas de elegibles ante la Comisión Nacional del Servicio Civil o la convocatoria pública abierta. A raíz de la nulidad del decreto creador, el despacho determinó el decaimiento automático de los nombramientos de los agentes.
El demandante del proceso, Yamit Mendieta, exsecretario de Planeación de esa localidad, señaló que acudió a las vías judiciales tras advertir presuntas anomalías en la conformación de la planta y denunciar que los nombramientos se habrían realizado sin atender los criterios normativos de meritocracia ni los requisitos técnicos exigidos para el cargo.
Mendieta explicó el alcance del fallo señalando que, al anularse el acto originario, la estructura administrativa sobre la cual operaban los guardas quedó extinta de manera retroactiva. Asimismo, sostuvo que impulsará las acciones legales correspondientes para buscar la invalidación de las sanciones y comparendos impuestos por dicho personal, al considerar que sus actuaciones carecerían de sustento jurídico legítimo tras la determinación de la justicia.
