Alberto Santofimio nuevamente irá a la cárcel

por Ondas de Ibagué

Imagen tomada de: Zona Cero

 

Después de dos años aproximadamente de gozar del beneficio de casa por cárcel, en un apartamento ubicado al norte de la capital del país, Alberto Santofimio Botero regresará a prisión por orden de la Juez 16 de Penas y Medidas de Bogotá, Shirley del Valle Albarracín Condia, luego de conocerse que no ha indemnizado a las víctimas, tal y como fue la orden de la Corte Suprema de Justicia al momento de beneficiarlo con esta medida por haber cumplido gran parte de la pena en intramuros.

En el fallo, la juez revocó el beneficio del que gozaba el político liberal tolimense y ordena que se haga cumplir el fallo del Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cundinamarca, que en su momento había determinado medida de aseguramiento de carácter intramural para Santofimio Botero.

Este reconocido político liberal fue condenado a más de 20 años de prisión por el asesinato del entonces candidato a la presidencia de Colombia, Luis Carlos Galán Sarmiento.

En su momento la justicia colombiana le ordenó pagar mil 725 millones de pesos como indemnización, orden que el tolimense no canceló y que hoy lo hace estar nuevamente tras las rejas.

"Así las cosas, se reitera que el pago de la indemnización de los perjuicios causados con la comisión de la conducta punible y/o la acreditación de la imposibilidad de efectuar el pago de los mismos, son requisito sine qua non para la permanencia o continuación del sustituto de la prisión domiciliaria concedida a Alberto Rafael Santofimio Botero, conforme lo dispuesto en el artículo 38 G del Código Penal. En este orden de ideas, encuentra esta sede ejecutora que Alberto Rafael Santofimio Botero ha incumplido sin justificación fehaciente la obligación indemnizatoria inherente a la prisión domiciliaria otorgada, lo que impone su revocatoria a fin de dar cabida a los buenos efectos atribuidos a la sanción penal, así como a las funciones de prevención especial y reinserción social que irradian esta etapa procesal. En tal medida y conforme lo expuesto, la consecuencia no puede ser otra sino la revocatoria del mecanismo sustitutivo que le fuera otorgado, para en su lugar disponer el cumplimiento intramural de la pena de prisión que aún le falta por cumplir. En conclusión a lo anterior, se dispondrá la revocatoria del sustituto penal de la prisión domiciliaria otorgada a Alberto Rafael Santofimio Botero, y por lo tanto se dispondrá el cumplimiento de la sentencia proferida por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cundinamarca, en establecimiento penitenciario", se deja ver en el fallo.