Listas a Cámara en el Tolima podrán hacer uso de hasta 12 vallas publicitarias en Ibagué
- por Daniel Garcia
La Alcaldía expidió el decreto que regula la publicidad política en el espacio público de la ciudad. En dicho documento se fijan condiciones, restricciones y responsabilidades que deben cumplir los partidos.

Con el propósito de preservar el uso adecuado del espacio público y garantizar el cumplimiento de la normatividad electoral, la Alcaldía expidió el Decreto 0726 de 2025, mediante el cual se reglamenta la instalación de publicidad política en la ciudad durante el periodo electoral.
Esta medida fija las condiciones, restricciones y responsabilidades que deben cumplir partidos, movimientos políticos, candidatos y promotores de campañas.
El decreto define qué tipo de publicidad política está permitida, los lugares donde puede instalarse y los espacios donde está expresamente prohibida, priorizando la protección de zonas ambientales, bienes de interés cultural, infraestructura pública, señales de tránsito, puentes, postes, árboles y demás elementos que hacen parte del espacio público. Asimismo, establece que toda publicidad debe contar con autorización previa y cumplir con criterios de tamaño, ubicación y temporalidad.
La directora de Espacio Público, Martha Echeverry, explicó que esta reglamentación busca ordenar la ciudad y evitar afectaciones al entorno urbano: “Este decreto no busca limitar la participación política, sino garantizar que la publicidad electoral se realice de manera responsable, organizada y respetando el espacio público que es de todos los ciudadanos”, señaló la funcionaria.
El documento también advierte que los responsables de la publicidad política deberán asumir el retiro oportuno de los elementos instalados una vez finalice el periodo autorizado, y que el incumplimiento de estas disposiciones dará lugar a sanciones y al retiro inmediato de la publicidad no autorizada, conforme a la normativa vigente.
Finalmente, Echeverry hizo un llamado a gerentes de campañas y ciudadanos a cumplir las reglas establecidas. “Invitamos a todos los actores políticos a informarse, solicitar los permisos correspondientes y cumplir lo dispuesto en el decreto. Una ciudad ordenada y limpia también es una muestra de respeto por la democracia y por la comunidad ibaguereña”, concluyó.
Datos:
Hasta 70 cuñas radiales diarias, cada una de hasta 30 segundos.
Hasta cinco avisos en medios impresos del tamaño de una página por cada edición.
Hasta 12 vallas publicitarias por lista a la Cámara de Representantes y hasta 12 vallas por lista al Senado de la República.
Hasta 10 cuñas televisivas diarias de hasta 30 segundos cada una.
Hasta 36 pasacalles por lista a la Cámara de Representantes o Senado de la República.
Hasta 54 pendones por lista a la Cámara de Representantes o Senado de la República.
