“Taxista Luis Carlos Soler, sí tiene garantías”, asegura la empresa Teletaxi

por Ondas de Ibagué

Luego de la publicación de la noticia de seguimiento  al caso de Luis Carlos Soler, el taxista que fue baleado el julio de 2018, en una calle del barrio Los Tunjos uno, de la comuna Nueve de Ibagué, la empresa Teletaxi explica cómo se ha venido manejando esta situación.

Soler, aseguró en su momento que desde el 1 de febrero no le cancelan el salario, ni le han consignado en el fondo de cesantías, el denunciante fue enfático cuando afirmó “Con esta epidemia uno necesita demasiado ya que mi padre es independiente y no puede laborar porque no puede salir de la casa”.

El profesional del derecho Víctor Hugo Huertas P. y quien representa a Tele Taxi, como asesor jurídico, entrega la versión que manejan ellos como empresa, en el proceso medico de Luis Carlos Soler, quien para el momento de los hechos conducía un vehículo adscrito a ellos.

COMUNICADO OFICIAL

Teletaxi LTDA se permite informar a la opinión pública y a la sociedad ibaguereña las siguientes precisiones frente a la noticia publicada el día de ayer 30 de marzo de 2020 en noticias de la emisora Ondas de Ibagué.

En primer lugar, reiteramos nuestro acompañamiento al señor Luis Carlos Soler, quien para la fecha de los hechos fungía como conductor del vehículo WTQ 353 afiliado a la empresa TELETAXI.

  • Que en virtud del decreto 1047 de 2014 la empresa TELETAXI Ltda. al igual que las demás empresas en la ciudad de Ibagué, y con el propósito de dar estabilidad y garantías a los conductores que prestan el servicio público individual de pasajeros en un trabajo conjunto con los propietarios y los mismos conductores desde el año 2015, vinculo a todos los conductores de los vehículos afiliados a la seguridad social integral. Estos es que los conductores que prestan el servicio público en Ibagué cuentan con la cobertura en salud, pensión, arl y caja de compensación familiar.
  • Que frente al caso en particular del señor LUIS CARLOS SOLER, desde el momento del accidente Julio del 2018 que le ocasiono las lesiones severas se activó todo el protocolo y se puso en conocimiento tanto de la EPS como de la ARL para que se adelantaran los trámites pertinentes. Tramites que hasta el día de hoy le han permitido al señor recibir toda la atención médica necesaria (cirugías, procedimientos médicos, medicamentos. ETC)
  • Qué Durante estos 18 meses de tratamiento médico tanto la EPS como la ARL han atendido de manera oportuna las necesidades del señor LUIS CARLOS SOLER, incluyendo los reconocimientos económicos (incapacidades).
  • Que dentro del proceso de recuperación del señor LUIS CARLOS SOLER, la ARL realizo inicialmente una calificación de incapacidad permanente del 7% lo que no generaba reconocimiento económico permanente por incapacidad (pensión por invalidez).
  • Por este motivo la empresa contrato los servicios profesionales de nuestra firma de abogados con el propósito de revisar a fondo el caso y poder determinar una solución que beneficiara al señor LUIS CARLOS SOLER. Por ese motivo nos reunimos en las instalaciones de TELETAXI todos los intervinientes con el propósito de poder buscar alternativas desde el punto de vista jurídico.
  • Por lo anterior y producto de dicha reunión se decidió entre otras cosas enviar al señor LUIS CARLOS SOLER a valoración por parte del médico laboral de la empresa TELETAXI quien logro establecer que el afectado NO podía seguir realizando sus actividades cotidianas. Por esto, en un trabajo conjunto entre la empresa Teletaxi, el propietario del vehículo y el mismo afectado se interpusieron los mecanismos jurídicos estipulados en la ley para lograr una nueva evaluación por parte de la ARL.
  • Que producto de lo anterior la Junta Medica Regional solo hasta el mes de febrero de 2020, emitió un nuevo dictamen que estipula que el señor LUIS CARLOS SOLER tiene una incapacidad permanente equivalente al 51,32 %, y por ende estamos a la espera del pronunciamiento efectivo de la ARL.
  • Que con ese nuevo dictamen de la junta médica estamos esperando que se profiera la resolución de incapacidad permanente para laborar, por parte de la ARL y con esto el reconocimiento económico con su respectivo retroactivo en favor del señor LUIS CARLOS SOLER.
  • Que en virtud del contrato de vinculación la empresa TELETAXI ha realizado todo el acompañamiento necesario para que los derechos del trabajador NO se vean vulnerados por parte del propietario del vehículo. Tanto es esto así que tal y como lo manifiesta en la nota el mismo afectado, el propietario del vehículo a asumido el pago de salarios, vacaciones y primas del señor LUIS CARLOS SOLER. Incluso en los días que no se profirió incapacidad para el señor Soler en decisión conjunta entre la empresa y el propietario se decidió que no realizara ninguna actividad, que por el contrario se quedara en su casa mientras se lograba definir una nueva incapacidad o un pronunciamiento de la ARL, dichos días fueron remunerados.
  • De igual manera y producto de dificultades de índole personal el propietario reconoce que aun adeuda únicamente el valor de las cesantías del último año, ya que no obstante que la ARL no ha pagado la última incapacidad el propietario ha cubierto las obligaciones salariales. El pago por concepto de cesantías pendientes, la empresa Teletaxi garantizara que se le cancelen tan pronto la oportunidad económica del propietario lo permita.
  • Que tanto para Teletaxi como para el propietario del vehículo resulta imposible controlar los tiempos para que la ARL haga efectiva la resolución de reconocimiento económico por incapacidad permanente del señor LUIS CARLOS SOLER, pero que estamos realizando todas las gestiones pertinentes y necesarias para que sea lo mas pronto posible y así el señor SOLER, perciba mensualmente y sin reparos el ingreso para su sustento.
  • Por último, quiero recalcar que tanto el propietario del vehículo como la empresa Teletaxi han estado presentes desde el momento del siniestro hasta la fecha de consecución del reconocimiento de incapacidad permanente laboral. (pensión de invalides)

Atentamente:

VÍCTOR HUGO HUERTAS P.

C.E.O

Huertas Buriticá & Asociados

Firma de Abogados

Por: Fernando González, periodista judicial.