Denuncian que 90 trabajadoras de aseo de la Rama Judicial en el Tolima llevan 18 días sin recibir su sueldo
- por Kelly Perdomo
Asonal Judicial califica como "una alcahuetería" que se vulneren los derechos laborales en la propia casa de la justicia mientras la empresa alega falta de flujo de caja.

La Subdirectiva Tolima de Asonal Judicial emitió un rechazo contundente ante el incumplimiento en el pago de la nómina del personal encargado del aseo en las sedes judiciales del departamento. Según la denuncia, 90 trabajadoras completan 18 días sin recibir su remuneración correspondiente al mes de enero de 2026, lo que constituye una falta grave que vulnera el mínimo vital y la dignidad humana.
La situación afecta de manera directa a familias que dependen exclusivamente de este ingreso para cubrir necesidades básicas como alimentación, transporte y arriendo. Los trabajadores tercerizados, quienes garantizan las condiciones de salubridad e higiene en los despachos judiciales, enfrentan hoy una profunda angustia económica debido a decisiones administrativas ajenas a su responsabilidad.
La empresa contratista, Outsourcing Giaf V5 Unión Temporal, justificó el retraso mediante argumentos de falta de flujo de caja. En una comunicación oficial, la gerencia de la firma explicó que el desfase se debe a retrasos en los pagos por parte de algunos de sus clientes, aunque aseguraron estar gestionando la regularización de los recursos de manera prioritaria.
Ante este panorama, el sindicato ha exigido a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Ibagué que ejerza su función de vigilancia y control contractual. Jonathan Constantino Santos, miembro de Asonal, cuestionó por qué el Ministerio del Trabajo no ha tomado medidas drásticas, señalando que es vergonzoso que en el lugar donde se administra justicia se permita la explotación laboral y el impago a los trabajadores más humildes.
La organización sindical permanece en alerta permanente y no descarta elevar acciones jurídicas si persiste la vulneración. La exigencia es clara y urgente: el pago total de la nómina adeudada debe realizarse de inmediato.
