Conozca las nuevas restricciones en materia de movilidad para Ibagué

por Ondas de Ibagué

Por medio del decreto 393 del 27 de julio de 2020, la Alcaldía dio a conocer las nuevas disposiciones a aplicar en materia de movilidad en la ciudad, entre los cuales está la modificación del horario de la medida de Pico y Placa para automóviles particulares, así como también la nueva restricción de motocicletas durante la noche.

De acuerdo con el documento, el nuevo horario de aplicación para esta medida será de 7:00 a 9:00 a.m., y de 5:00 a 7:00 p.m. teniendo en cuenta que los sábados, domingos y festivos no aplicará esta restricción.

Quedando de la siguiente manera por días:

LUNES: 0 y 1 de 7:00 a 9:00 de mañana y de 5:00 de la tarde a 7:00 de la noche.

MARTES: 2 y 3 de 7:00 a 9:00 de mañana y de 5:00 de la tarde a 7:00 de la noche. 

MIÉRCOLES: 4 y 5 de 7:00 a 9:00 de mañana y de 5:00 de la tarde a 7:00 de la noche.

JUEVES: 6 y 7 de 7:00 a 9:00 de mañana y de 5:00 de la tarde a 7:00 de la noche.

VIERNES: 8 y 9 de  7:00 a 9:00 de mañana y de 5:00 de la tarde a 7:00 de la noche.

De esta forma, se enfatiza en que se permite llevar un acompañante que cumpla con la medida de pico y cédula además de acatar correctamente los protocolos de bioseguridad como usar permanentemente el tapabocas y llevar los vidrios abajo durante el viaje.

Asimismo, el decreto expresa que están exentos aquellos que hagan parte de las excepciones hechas por el gobierno municipal.

Restricción de motocicletas
Igualmente, el decreto adopta una nueva disposición que consiste en la restricción de motos en el horario de 7:00 p.m. a 5:00 a.m. del día siguiente, esto teniendo en cuenta los piques ilegales que se han organizado y que cobraron la vida de un joven en la ciudad.

Cabe resaltar que aquellas personas que se encuentren dentro de las excepciones podrán transitar por las calles en este horario si tienen motocicleta, es decir:

  • Servicios de salud
  • Casos de fuerza mayor
  • Asistencia de niños o adultos mayores de 70 años
  • Función de establecimientos que comercializan elementos farmacéuticos
  • Servicios funerarios
  • Servicios de vigilancia
  • Domicilios de establecimientos gastronómicos

Por: María Lucía Ortega, periodista local.